Camino de regularidad social
Esta guía describe la documentación necesaria para demostrar el cumplimiento social de un proveedor en los siete escenarios gestionados por Aprovall. Se aplica a situaciones en las que se han generado correctamente todos los documentos, lo que resulta en una respuesta con estado de "Cumplimiento".
Principio general
El cumplimiento social se establece cuando el proveedor está al día con sus obligaciones ante las entidades recaudadoras de cotizaciones a la seguridad social (URSSAF, MSA, etc.). El documento clave es el certificado de cumplimiento , emitido por la entidad recaudadora correspondiente.
Documentos necesarios según la situación
Empresa con empleado(s)
Se aplica a las empresas que se encuentran bajo la jurisdicción de la URSSAF, la MSA o el régimen de Saint-Pierre-et-Miquelon.
Certificado de conformidad emitido por la agencia de cobro de deudas a la que pertenece la empresa.
Este documento certifica que la empresa está al día con sus declaraciones y pagos a la seguridad social.
La empresa cumple con el cronograma.
La empresa ha obtenido un plan para saldar sus deudas sociales.
Certificado de cumplimiento emitido por la agencia de cobranza o plan de pagos otorgado por el organismo competente.
Ambos documentos se aceptan alternativamente. El cronograma es suficiente para establecer la conformidad una vez que se haya acordado formalmente.
Nueva empresa
La empresa se creó recientemente y aún no tiene historial de contribuciones.
Certificado de vigilancia específica para empresas de nueva creación
Este certificado es independiente del certificado estándar. Lo emite la agencia de cobranza a solicitud de la empresa al momento de su creación.
Compañía de artistas y autores
Certificado de conformidad emitido por la agencia de recaudación correspondiente (Maison des artistes o AGUESA, según proceda).
Negocio de autónomo
Certificado de vigilancia expedido a nombre exclusivo específicamente para trabajadores autónomos.
Este certificado es nominativo y específico para el programa de microempresas. Se diferencia del certificado estándar que se expide a las empresas.
Sociedad sin empleados — Formas jurídicas: SAS, SASU, Asociación, GIE, GIP, SCI
Certificado de vigilancia a nombre propio
Otras empresas sin empleados
Documento 1 — Certificado de Vigilancia a nombre propio
Documento 2 — Certificado de inexistencia de personal , no inscripción o baja del registro de empleados.
El documento 2 confirma la ausencia de personal asalariado. Puede adoptar la forma de un certificado de no inscripción o de un certificado de baja, según la situación de la empresa.
Resumen
Situación | Documento de apoyo previsto |
|---|---|
URSSAF con empleado | Certificado de vigilancia (agencia de cobro de deudas) |
MSA con empleado | Certificado de vigilancia (agencia de cobro de deudas) |
San Pedro y Miquelón con empleado | Certificado de vigilancia (agencia de cobro de deudas) |
A tiempo | Certificado de vigilancia o calendario de pagos otorgado |
Nueva empresa | Certificado de vigilancia específica |
Artista y autor | Certificado de vigilancia (agencia de cobro de deudas) |
Trabajadores por cuenta propia | Certificado de vigilancia a nombre propio |
SAS, SASU, Asso, GIE, GIP, SCI sin empleados | Certificado de vigilancia a nombre propio |
Otra empresa sin empleados | Documento 1: Certificado de Vigilancia a nombre propio |
El diagrama detallado que se muestra a continuación especifica los documentos aceptados, los tipos de comprobaciones realizadas, las posibles combinaciones de rutas y los estados de respuesta correspondientes según su configuración (Acción requerida o Conforme).
