Camino de regularidad social

Esta guía describe la documentación necesaria para demostrar el cumplimiento social de un proveedor en los siete escenarios gestionados por Aprovall. Se aplica a situaciones en las que se han generado correctamente todos los documentos, lo que resulta en una respuesta con estado de "Cumplimiento".


Principio general

El cumplimiento social se establece cuando el proveedor está al día con sus obligaciones ante las entidades recaudadoras de cotizaciones a la seguridad social (URSSAF, MSA, etc.). El documento clave es el certificado de cumplimiento , emitido por la entidad recaudadora correspondiente.


Documentos necesarios según la situación

Empresa con empleado(s)

Se aplica a las empresas que se encuentran bajo la jurisdicción de la URSSAF, la MSA o el régimen de Saint-Pierre-et-Miquelon.

  • Certificado de conformidad emitido por la agencia de cobro de deudas a la que pertenece la empresa.

Este documento certifica que la empresa está al día con sus declaraciones y pagos a la seguridad social.


La empresa cumple con el cronograma.

La empresa ha obtenido un plan para saldar sus deudas sociales.

  • Certificado de cumplimiento emitido por la agencia de cobranza o plan de pagos otorgado por el organismo competente.

Ambos documentos se aceptan alternativamente. El cronograma es suficiente para establecer la conformidad una vez que se haya acordado formalmente.


Nueva empresa

La empresa se creó recientemente y aún no tiene historial de contribuciones.

  • Certificado de vigilancia específica para empresas de nueva creación

Este certificado es independiente del certificado estándar. Lo emite la agencia de cobranza a solicitud de la empresa al momento de su creación.


Compañía de artistas y autores

  • Certificado de conformidad emitido por la agencia de recaudación correspondiente (Maison des artistes o AGUESA, según proceda).


Negocio de autónomo

  • Certificado de vigilancia expedido a nombre exclusivo específicamente para trabajadores autónomos.

Este certificado es nominativo y específico para el programa de microempresas. Se diferencia del certificado estándar que se expide a las empresas.


Sociedad sin empleados — Formas jurídicas: SAS, SASU, Asociación, GIE, GIP, SCI

  • Certificado de vigilancia a nombre propio


Otras empresas sin empleados

  • Documento 1 — Certificado de Vigilancia a nombre propio

  • Documento 2 — Certificado de inexistencia de personal , no inscripción o baja del registro de empleados.

El documento 2 confirma la ausencia de personal asalariado. Puede adoptar la forma de un certificado de no inscripción o de un certificado de baja, según la situación de la empresa.


Resumen

Situación

Documento de apoyo previsto

URSSAF con empleado

Certificado de vigilancia (agencia de cobro de deudas)

MSA con empleado

Certificado de vigilancia (agencia de cobro de deudas)

San Pedro y Miquelón con empleado

Certificado de vigilancia (agencia de cobro de deudas)

A tiempo

Certificado de vigilancia o calendario de pagos otorgado

Nueva empresa

Certificado de vigilancia específica

Artista y autor

Certificado de vigilancia (agencia de cobro de deudas)

Trabajadores por cuenta propia

Certificado de vigilancia a nombre propio

SAS, SASU, Asso, GIE, GIP, SCI sin empleados

Certificado de vigilancia a nombre propio

Otra empresa sin empleados

Documento 1: Certificado de Vigilancia a nombre propio
Documento 2: Certificado sin personal / no registro / cancelación


El diagrama detallado que se muestra a continuación especifica los documentos aceptados, los tipos de comprobaciones realizadas, las posibles combinaciones de rutas y los estados de respuesta correspondientes según su configuración (Acción requerida o Conforme).

2026-0417 Schéma illustrant le parcours de régularisation sociale.pdf
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